Descripción:
La presente investigación aborda la necesidad de implementar audiencias orales en la segunda instancia del sistema penal acusatorio en México, particularmente durante el debate sobre los agravios y la resolución del recurso de apelación. Parte del análisis de los principios de oralidad, contradicción, inmediación y publicidad que rigen el sistema acusatorio, resaltando que su omisión en la segunda instancia vulnera la transparencia, el acceso efectivo a la justicia y la tutela judicial efectiva.
En el sistema penal mexicano, el trámite del recurso de apelación es predominantemente escrito, limitando la interacción directa entre las partes y el tribunal de alzada. A partir de un análisis comparado con sistemas de justicia en América Latina —como Perú, Costa Rica, Chile, Ecuador y Argentina—, se identifican las ventajas de incorporar audiencias orales para garantizar un debate directo sobre los agravios y la producción de pruebas en apelación. Estas experiencias internacionales sirven de base para la propuesta de reforma presentada en esta investigación.
La propuesta incluye la modificación del artículo 20, apartado A, fracción XI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 67, 471, 476, 477 y 478 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Estas reformas buscan establecer la obligatoriedad de audiencias orales para debatir los agravios y comunicar las resoluciones del tribunal de alzada, reforzando los principios rectores del sistema acusatorio.
El trabajo concluye que la implementación de estas audiencias no solo optimizaría la calidad de las decisiones judiciales, sino que también fortalecería la transparencia, la confianza ciudadana en la justicia y la defensa de los derechos humanos.